Eyra murió horas antes de nacer y por ello se nos impide registrarla en el Libro de Familia. Mi hija fue dada a luz, existió y debe ser reconocida. ¿Por qué se la reniega a un legajo de abortos? Es doloroso y cruel

Hola Nereida, gracias por hacernos llegar tu pregunta a través de Osoigo y del senador Carles Mulet.

En relación con la pregunta de referencia, se informa que el artículo 30 del Código Civil, modificado por la Disposición Final tercera de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, en su nueva redacción en vigor desde el 23 de julio de 2011, dispone que “la personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno”; y el artículo 44 de la citada Ley 20/2011, solo considera inscribibles los nacimientos de las personas conforme a lo previsto en el artículo 30 del Código Civil. 

Cabe señalar que, lo que sí prevé la Disposición Adicional cuarta de la Ley 20/2011, es la inclusión en un archivo del Registro Civil, sin efectos jurídicos, de los fallecimientos producidos con posterioridad a los seis meses de gestación que no cumplan las condiciones previstas en el artículo 30 del Código Civil, pudiendo los progenitores otorgar un nombre. 

La Disposición Transitoria novena de la misma norma, por su parte, contempla la aplicación de lo anterior a todas aquellas defunciones ocurridas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley –que se produjo el 30 de abril de 2021– siempre que los progenitores lo soliciten en el plazo de dos años. 

Además, procede informar que se ha iniciado un proyecto de digitalización (plataforma DICIREG), que permitirá a las oficinas del Registro Civil contar con los medios y sistemas informáticos y las condiciones adecuadas para el funcionamiento electrónico de dichas oficinas, y se han dictado de las oportunas Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, ordenando lo necesario para la citada implantación (Disposiciones Transitorias cuarta y final décima de la Ley 20/2011).

Madrid, 23 de diciembre de 2022


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 Pregunta Eyra murió horas antes de nacer y por ello se nos impide registrarla en el Libro de Familia. Mi hija fue dada a luz, existió y debe ser reconocida. ¿Por qué se la reniega a un legajo de abortos? Es doloroso y cruel

Una preciosa niña nació el 12 de julio de 2022 a las 40 +4 semanas. Nuestra hija Eyra, con 54 cm y 3,250 gr de peso, un bebé perfecto, con mucho cabello, orejas pegaditas, largas pestañas, una nariz chiquitita, los morritos de su papá y una barbilla como la mía, la de mamá y su abuelo. 

Ella es quien nos otorgó el título de ser padres, y nuestro deseo, como el de muchas otras familias en este duelo, es que pueda ser reconocida como parte de nuestra familia, como hija, hermana mayor, nieta, sobrina, prima… 

Por eso lanzamos esta petición, para que los bebés nacidos sin vida puedan ser inscritos en el Libro de Familia, que se nos permita darles un nombre, unos apellidos, y que sean reconocidos socialmente como el amor que sentimos por ellxs. El poder solo registrarlos en un legajo y acta denominado “de Criaturas Abortivas o restos humanos abortivos” no confirma su existencia como hijx, ni valida nuestro dolor. 

Necesitamos urgentemente una modificación legislativa para que se reconozca el derecho de poder incluir al bebé fallecido como miembro de la unidad familiar, y que se agilice su burocracia. 

A las familias se nos para la vida, no sabemos de dónde sacar las fuerzas para continuar, y encima tenemos que enfrentarnos con el desconocimiento absoluto por parte de la seguridad social y de la sanidad pública de la documentación que se tiene que presentar para justificar que hemos dado a luz. Otra lucha en la que la muerte del bebé, no convierte al padre en su progenitor y por tanto carece de derechos sociales como tal. 

Por toda esta injusticia damos a conocer nuestro caso, para que muchas otras familias no tengan que pasar por este calvario. Necesitamos dar voz a esta realidad, y hablaremos de Eyra lo que haga falta con total naturalidad, con amor. Aunque haya nacido muerta, no es una pérdida, ha existido, y nuestros recuerdos son de ella en la barriga junto a su padre.

Yo Nereida, soy madre, y hablo de mi hija aunque a muchxs les pueda resultar incómodo. Igual de respetable tiene que ser el querer hacerlo como el que no, y por ello necesitamos que se validen nuestros sentimientos, no es una cuestión de pasar página, de dar lastima, es de que nos apoyen. 

Quienes no han pasado por esto, no se plantean una posible muerte de su bebé, esperan vida, y el shock de conocer que tienes que dar a luz a pesar de todo, te impide escuchar la buena fe de quienes quieren ayudarte a gestionar el futuro duelo.

Ser consciente de su nacimiento, cogerlx, el poder pasar tiempo con él/ella, fotografiar ese momento de amor de unos padres a su hijx, la creación de recuerdos, de su existencia… deberían formar parte de un protocolo del que se informara previamente durante el embazo. Más miedo se tiene al no poder retroceder en el tiempo, que a ser previamente informado de una posible realidad. 

Por Eyra, y por todxs los bebés Estrella, queremos que nuestros hijxs sean reconocidos en el Libro de Familia con nombres y apellidos. Han nacido, han existido, los amamos y nunca les olvidaremos. 

Enviada per
Nereida Vecino Nereida Vecino
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27.10.2022

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