Desde Más País plantearemos la modificación del Artículo 7 del Real Decreto 1148/2011
Esta es sido una demanda con amplio consenso en dentro de la sociedad civil y a la cual, la política llega con bastante retraso. Esto pone de manifiesto la necesidad de un gobierno progresista que se ponga a trabajar en lo importante poniéndose de lado de quienes verdaderamente lo necesitan.
Desde Más País plantearemos la modificación del Artículo 7 del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, añadiendo la posibilidad de seguir recibiendo la prestación tras el cumplimiento de la mayoría de edad del hijo y con la situación de patria potestad prorrogada, siempre que se sigan cumpliendo el resto de requisitos legalmente establecidos al efecto.
Compartir
El Real Decreto 1148/2011, del 29 de Julio de 2011 se creó la Prestación CUME (Cuidado de hijos menores enfermos de cancer y/o otras enfermedades graves), que da la oportunidad a las familias de poder cuidar a nuestros hijos si su enfermedad o patología entra dentro del listado establecido.
Recientemente se ha actualizado el listado incluyendo nuevas enfermedades, y se hablaba de la ampliación del tiempo de disfrute para que los padres podamos hacernos cargo de nuestros hijos mas allá de los 18 años, pero finalmente no se amplió.
Pedimos que amplíen el plazo, ya que las familias que tenemos la desgracia de tener a un hijo en alguna de las casuísticas planteadas, no podemos dejar sin atender a nuestros hijos porque hayan cumplido 18 años.
Si para poder acceder a la misma es requisito indispensable informe medico, que se va actualizando bimensualmente, porque no podemos seguir haciendo lo mismo después de cumplir los 18 años?
Si los padres no podemos cuidar de nuestros hijos, quien lo hará en nuestro lugar?