Mezquita sí, mezquindad no.
Buenas Jeromín:
Ante todo, muchísimas gracias por tu pregunta, con la que me estrenaré en esta plataforma como candidato a la Alcaldía de Córdoba por UPyD.
El tema por el que preguntas es muy genérico y puede abordarse desde varias perspectivas: la cultural, la religiosa, la administrativa, etc. Por ello, no hay que mezclar las cosas. Por una parte está la gestión, por otra la propiedad y por otra el procedimiento.
Según el art. 5.1 de la ley de Libertad religiosa, 7/1980, de 5 de julio, las Iglesias y Confesiones religiosas poseen personalidad jurídica y por tanto pueden poseer bienes con independencia de que tales bienes estén inscritos o no en el registro de la propiedad. Si el Obispado de Córdoba consigue demostrar que ha adquirido la Mezquita-Catedral de Córdoba “por la ley, por donación, por sucesión testada o intestada”, “por consecuencia de ciertos contratos, mediante la tradición” o “por prescripción”, como señala el art. 609 del Código civil, creo que el tema quedaría zanjado. No soy un gran jurista, pero basta con leer la ley vigente.
Ahora bien, si lo que se pretende es conseguir la titularidad pública de la Mezquita-Catedral debería iniciarse un procedimiento de expropiación forzosa, aunque creo que exitirían problemas competenciales a nivel autonómico. También se podría interponer un recurso desde la Junta de Andalucía, por ejemplo, y durante el proceso plantear una cuestión de inconstitucionalidad si se considera que el acto de inmatriculación fuera contra la CE. La ley sobre la que se fundamenta la inmatriculación ya no puede recurrirse directamente.
Ahora bien, el art. 304 del Reglamento Hipotecario indica que “tratándose de bienes de la Iglesia, las certificaciones serán expedidas por los Diocesanos respectivos”, es decir, que a diferencia del resto de vecinos y vecinas de España, "basta una palabra suya (de los diocesanos)" para poder inscribir el bien en cuestión. O sea, que en un Estado aconfesional (ojalá fuera laico), la Iglesia católica se libra de los follones administrativos y trámites para demostrar la propiedad, es fedataria de sí misma. Desde UPyD, como partido laico, cuestionamos ese privilegio rotundamente.
Por otra parte, lamentamos que el Obispado prescinda de la denominación "Mezquita" cuando se trata del principal reclamo de nuestra bella ciudad, de hecho, la UNESCO puede que no tolerase esa discriminación, pues si algo hace único al templo es la convivencia de ambos edificios. Está en juego la declaración de Patrimonio de la Humanidad y la propia imagen del edificio.
En tanto que la Mezquita-Catedral es emblema de nuestra ciudad y encabeza la lista de Patrimonio de la Humanidad de la que Córdoba goza, desde UPyD consideramos pertinente:
1. Redactar un estatuto jurídico y patrimonial propio y exclusivo para la Mezquita–Catedral que vele por una gestión transparente y accesible por parte de toda la ciudadanía y que proteja el paradigma por el que fue declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.
2. Evitar comparativas de la gestión y usos del templo con otros edificios o monumentos dada la singularidad del mismo y el contexto histórico, social y cultural en el que se inscribe.
3. Fomentar la cooperación y el diálogo entre las instituciones (Junta, Diputación y Ayuntamiento) y el Obispado de la ciudad para configurar el desarrollo jurídico y patrimonial anteriormente expuesto conforme al marco legislativo vigente.
4. Asegurar y promover el libre acceso, disfrute y libre interpretación cultural y artística del edificio por parte de la ciudadanía y visitantes de Córdoba que acentúe su carácter patrimonial por encima del fin religioso al que actualmente se encuentra destinado.
En conclusión: consideramos que la Iglesia católica no ha cometido ilegalidad, simplemente ha hecho uso de privilegios contemplados por la legislación. Como defensores de un Estado laico, nos oponemos a dichas prerrogativas en tanto que plantean la existencia de que haya una ciudadanía de primera y de segunda, exigimos un cambio en la legislación que revista de un verdadero lacisimo todos los aspectos de la vida pública. Y en lo que respecta a la Mezquita-Catedral, exigimos que se respete la denominación tradicional de "Mezquita-Catedral" y abogamos por el desarrollo de un estatuto específico que proteja este bien universal.
Espero haber podido contestar a tu pregunta y aprovecho para comunicarte que seguiremos trabajando por los problemas reales de Córdoba: el desempleo, la pobreza energética o la vivienda, entre otros. ¡Que no nos distraigan!
Un saludo y gracias.
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