Pregunta para Congreso de los diputados

¿Tramitaréis la Proposición de Nacionalidad sin extender plazos en la Comisión de Justicia para presentar enmiendas?

1072 personas la han apoyado
1072 Apoyos

Un tópico que compete a cada español, y a aquel que no logró serlo, es la distinción por edad y sexo por falencias en la normativa española vigente respecto a la adquisición de la nacionalidad española para descendientes en el exterior. En la actualidad, los españoles emigrantes pueden transmitir su nacionalidad solo a sus hijos nacidos en el extranjero. Afortunadamente, la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007 permitió únicamente en el plazo de tres años (2008 - 2011), y con grandes limitaciones, que los nietos de españoles pudieran optar por la nacionalidad de origen, sin la necesidad de que sus padres contasen previamente con la misma. Fue así que se permitió un salto generacional para su obtención, siempre y cuando el abuelo español fuere varón, y hubiere conservado la nacionalidad hasta el día del nacimiento de su progenitor, y que en caso de pérdida de ésta, hubiere sido por cuestiones de exilio entre 1936 y 1955. Sin embargo, dicha Ley no contempló la obtención de la nacionalidad en los siguientes casos: 

1- Los nietos de las mujeres españolas de origen, casadas con un extranjero, o que hayan perdido su nacionalidad por una razón diferente a ésta antes de la Constitución de 1978. Esto era debido a que aquellas no transmitían la nacionalidad con anterioridad a la constitución de 1978, y perdían su nacionalidad al contraer matrimonio con un no español, salvo en el caso de las madres solteras.

2- Los hijos mayores de edad de quienes les reconocieron la nacionalidad española de origen, por medio de la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007. Aquellos que han tramitado y obtenido la nacionalidad española, acogiéndose a los supuestos que recogía la Disposición Adicional 7ª de la mencionada Ley, en principio transmitían la nacionalidad a sus hijos siempre que éstos fueran menores de edad. Nos encontramos con que aquellos mismos hijos que hubieran cumplido los 18 años, en el momento en que entró en vigencia la Ley 52/2007, no han podido obtener la nacionalidad española. Por este impedimento, existen familias españolas divididas, donde los padres son españoles y algunos de sus hijos poseen la nacionalidad y otros no.

3- Los nietos de aquellos españoles de origen que se vieron obligados a adoptar la nacionalidad del país al que emigraron (país de acogida), para poder trabajar y sustentarse. Algunos países receptores de nuestros emigrados, exigieron a éstos que renunciaran a la nacionalidad española, y adoptaran la nacionalidad de su país de acogida para poder trabajar y sobrevivir en él. Aquellos que firmaron esta renuncia cuando sus hijos ya habían nacido, no tuvieron inconveniente para trasmitir la nacionalidad. Sin embargo, cuando esta renuncia se produjo antes del nacimiento de sus descendientes, éstos no pudieron optar a la nacionalidad española y, por ende, no se ha trasmitido a sus nietos a través de la disposición recogida en la Ley 52/2007. Asimismo, están excluidos los nietos de españoles que, ostentando la nacionalidad, les fue privada por no haberla ratificado al cumplir su mayoría de edad. 

El Centro de Descendientes de Españoles Unidos ha tenido conocimiento de que la Proposición de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles (622/000021), será elevada próximamente a la Comisión de Justicia conformada en el Congreso de los Diputados. Ante tal acontecimiento, exhortamos a sus señorías a considerar firmemente las siguientes acciones:

-Establecer una fecha a la brevedad en la mencionada Comisión, para su pertinente tramitación, y evitar así experiencias pasadas de postergación legislativa.

-Cumplir con las demandas que emanan del Consejo General de la Emigración respecto a la materia.

-Incluir oportunamente los supuestos de nacionalidad contenidos en programas electorales, proposiciones no de ley, así también en las enmiendas presentadas durante la tramitación de la Ley de Nacionalidad para judíos-sefardíes, que coinciden con los expuestos anteriormente.

Se considera pertinente que se cree un marco normativo, estable en el tiempo, evitando nuevas asimetrías legales en las generaciones de descendientes anteriormente aludidas. Permitirá así, la configuración de una intolerancia clara y específica, con nuevas y/o supuestas exclusiones en cuanto a la adquisición de la nacionalidad.

1072 personas la han apoyado
1072 Apoyos

Respuestas de los políticos

22 personas han valorado
Laura Patricia Casado
Estaría bueno que se tenga en cuenta a los hijos mayores de edad de aquellos nietos que, de aprobarse la ley, recuperarían la nacionalidad así no quedan hijos que puedan acceder en calidad de bisnietos y otros que no!!! Para que no queden huecos !!!?

0 | Responder | 22.06.2018
Gabriela Nuñez
gracias! y consideren a los bisnietos seria bueno aclarar ese punto

0 | Responder | 22.06.2018
Ariel González Pedroso
Apoyada 100%

0 | Responder | 22.06.2018
Stella Maris Raimondi
Estaria buenisimo que se tenga en cuenta a los hijos mayores de una española de origen. Ese es mi caso. Gracias-

0 | Responder | 23.06.2018
Miguel Canto
Soy argentino nieto de español por la ley de memoria histórica mi padre se iba a nacionalizar pero falleció en la gestion. Hoy como nieto no accedo a la ciudadanía. Mi pregunta ahora con las modificaciones podré lograrlo. Si mis abuelos son españoles de málaga. Actualmente tengo 50 año y dos hijos de 18 y 19 años. Con muchas ganas de llevar la ciudadanía de nuestros abuelos. Gracias

0 | Responder | 23.06.2018
Maria Lupe Lukis
La Ley 52.LMH creo una gran disparidad al solo conceder a los hijos menores de edad la nacionalidad espanola, lo cual se condice con la constitucion ya que su finalidad ultima es proteger al ciudadano espanol y por ende a los descendientes de espanoles en el exterior, pues ante la ley todos los espanoles debemos ser iguales. La espera ha sido larga para los descendientes de espanoles en el exterior creando situaciones de gran dificultad y mucho rigor. Esperamos que no se dilate mas en el tiempo la aprobacion de una ley de nacionalidad integral (incorporando a todos aquellos que fueron excluidos/discriminados por la ley anterior, hijos mayores de edad).

0 | Responder | 23.06.2018
Edo Castro
Y los que hemos optado a la nacionalidad por residencia, luego que se me rechazara la de origen por ser mayor de edad, se nos reconocería la de Origen?

0 | Responder | 24.06.2018
Maria Rodriguez
Apoyo 100% que se apruebe esta ley

0 | Responder | 25.06.2018
Marian Alvarez Quintana
Esperamos respuesta a la mayor brevedad

0 | Responder | 25.06.2018
Maiquely Andreina Dominguez Acota
100 % apoyada para que se haga justicia!!!

0 | Responder | 25.06.2018
Julius DT
¡Es justicia! Rogamos la tramitación ágil y transparente, sin extender plazos. ¡Gracias!

0 | Responder | 26.06.2018
Antonio Alejandro Muñoz Fals
Gracias a todos por sus empeños, pero hace falta que la ley sea abarcadora y considere a los biznietos, por ejemlpo yo soy biznieto e hijo de españoles, por la Ley de Memoria Historica, que no consideraba a los hijos mayores de edad, que pasara con nosotros.

0 | Responder | 26.06.2018
Usuario Anónimo
Buenisimo

0 | Responder | 27.06.2018
Ana Serrano
GRACIAS ASI MIS HIJOS PODRAN TENER LA CIUDADANIA Y MI NIETO

0 | Responder | 02.07.2018
Carro Carro
Mi apoyo total, le pedimos a los políticos de todos los partidos q salden la deuda histórica con los descendientes de emigrantes q por varias razones salieron de España, que se tenga en cuenta a los hijos mayores de edad de aquellos nietos que, de aprobarse la ley, recuperarían la nacionalidad así no quedan hijos que puedan acceder en calidad de bisnietos y otros que no!!! y q incluyan a todos..

0 | Responder | 04.07.2018
Carla Mendez
hola , soy Carla , de venezuela , descendiente de abuelo español , deseo saber si ustedes me pueden ayudar a conseguir la literal de mi abuelo , natural de España, Palencia. año de nacimiento 1887, su nombre : Virgilio de la Guerra , gracias .

0 | Responder | 08.07.2018
Rosa Lida Marte Rodriguez
Buenas, los biznietos también deberían de considerarse, ya que su lazo de consanguinidad es muy cercano y por lo tanto los entiendo como descendientes y aunque sus padres o abuelos no reclamaron la ciudadanía y estén muertos eso no cambia nada igual llevan sangre española en sus venas.

0 | Responder | 12.07.2018
Maria Lupe Lukis
Los hijos mayores de edad han sido exceptuados en todo orden de cosas....La más importante ......han sido discriminados por Ley...eso es necesario reparar cuanto antes....son muchos los años que la ley.52.....LMH....les negó.su derecho de sangre """IUS SANGUINIS""" Es el momento de la inclusión que corresponde a los Descendientes Hijos.Mayores de Edad de Españoles Residentes en el Exterior....... Vuestra pronta tramitación en tal sentido....ya que todos los Españoles son iguales ante la Ley...está pendiente ....y vuestro pronunciamiento en tal sentido es de justicia ..

0 | Responder | 12.07.2018
Fefo Punk
Enmendar esta ley es llegar a la justicia

0 | Responder | 21.07.2018
Silvia Lazarte
Es hora de que se reconozca nuestros derechos porque por nuestras venas corre sangre Española como Uds. no más plazos de enmiendas!!!!

0 | Responder | 01.10.2018
Daniel A. Salgado García
Los señores legisladores españoles - en su totalidad - deberían tener en cuenta que aún hay nietos de emigrantes españoles sin la nacionalidad. Y que se debe al límite de edad impuesto por la ley a los nietos mayores. Es absurdo que el principio de ius sanguinis - presente en el código civil español - no sea respetado por una mera cuestión de mayoría de edad. El sentido común debería prevalecer a la hora de considerar el derecho de sangre de los descendientes de españoles nacidos en el exterior.

0 | Responder | 08.11.2018
Sebatian Prietto
Hay que seguir peleando por los derechos de los nietos españoles que no están reconocidos. Pedir respuestas a los políticos por la falta de compromiso. Nuestros padres y abuelos españoles están a la espera.

0 | Responder | 23.11.2018
Pregunta dirigida a: Congreso de los diputados
Congreso de los Diputados

Congreso de los Diputados

0 Apoyos Políticos

Preguntar