Pregunta para Congreso de los diputados
Los investigadores predoctorales sufrimos un atropello a nuestros derechos. ¿Hasta cuándo se le va a negar al colectivo predoctoral el derecho a indemnización por finalización de contrato?
Desde FPU Investiga, con el apoyo de otras organizaciones que también representan al personal investigador predoctoral, no podemos quedarnos con los brazos cruzados ante el atropello de nuestros derechos y del futuro de la investigación, la ciencia y del desarrollo de nuestro país.
Desde hace años estamos insistiendo en la necesidad de reconocer el derecho a la indemnización por finalización de contrato del Personal Investigador Predoctoral en Formación (PIPF).
En abril del año pasado, una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) nos reconocía este derecho ante la demanda interpuesta por CCOO, respondiendo así a una petición histórica. Concretamente, se nos dio la razón en dos aspectos fundamentales: negando que el contrato predoctoral pueda considerarse un contrato formativo, al realizar las mismas funciones que el resto del personal investigador; y equiparando nuestros contratos a un contrato temporal de obra o servicio determinado, condenando a la Universidad de Santiago de Compostela (USC) al pago de la indemnización.
Esta sentencia dio un soplo de esperanza al colectivo predoctoral, ya que respondía a una de las cuestiones que había quedado fuera del Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación (EPIPF), aprobado en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo de 2019.
No obstante, nuestra alegría no duró mucho. Como era de esperar, la USC interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que recientemente ha desestimado la equiparación de los contratos predoctorales a obra y servicio, afirmando, además, que estos se asemejarían más a los contratos formativos.
Desde FPU Investiga no somos capaces de comprender estas “similitudes”, ya que los contratos predoctorales y de prácticas son claramente distintos. Difieren tanto en los objetivos de las tareas como en el nivel formativo exigido para sus beneficiarios, la naturaleza del contrato o su duración. Por todo ello, reclamamos que se nos ha arrebatado un derecho que sí que tienen el resto de trabajadores temporales, lo que supone una gran injusticia.
Estamos ante un sistema universitario que no nos valora, sometidos a una precarización estructural en la que se nos continúa viendo como becarios a pesar de ser personal muy formado, preparado e imprescindible. El colectivo predoctoral constituye gran parte del motor de la investigación y el desarrollo de nuestro país y, por tanto, no reconocer nuestra labor supone un desprestigio hacia la comunidad científica.
En el caso de la problemática sobre la indemnización por finalización de contrato, el problema reside en la ausencia de una regulación concreta que incluya explícitamente que los investigadores predoctorales tenemos derecho a esta indemnización, como el resto de trabajadores temporales. Por este motivo, exigimos una modificación en la normativa vigente, Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que vea recogida esta demanda y garantice al personal investigador predoctoral.
Nos dirigimos al Congreso de los Diputados solicitando la presentación de una Enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, que incluya el derecho a indemnización por extinción del contrato.
Esta reivindicación va más allá de la etapa académica, se trata de la dignidad de los trabajadores del sector de la investigación y del futuro de la ciencia en nuestro país.
Porque sin ciencia no hay futuro, pero sin derechos tampoco hay ciencia.
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