Ámbito competencial de las Juntas Generales
No, salvo que pretendamos invadir el ámbito competencial de las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. Éstas son los órganos competentes para la aprobación de normas cuyo objeto sea la actualización del sistema tributario. Por tanto, en caso de considerarse necesario crear una comisión a tal efecto, debiera ser en el seno de las respectivas Juntas Generales y no en el Parlamento Vasco.
Además, llama poderosamente la atención por contradictorio, que el grupo político que ha planteado la creación de la citada comisión en el Parlamento Vasco, no haya asimismo exigido su creación en las Juntas Generales de Áraba en el marco del acuerdo presupuestario que ha suscrito para este ejercicio 2017 con el Gobierno Foral. Más aún, si cabe, cuando el acuerdo mencionado incluye un apartado de fiscalidad donde no se menciona la necesidad de debate público y menos aún de su articulación mediante una comisión constituida al efecto.
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