Mi madre es víctima de la violencia de género ejercida por mi padre, aun así dentro de unos días entrará en prisión por incumplir el régimen de visitas. ¡MI MADRE NO DEBE IR A LA CÁRCEL!

El Gobierno no ha tenido margen para entrar a valorar la solicitud de indulto. 

La Ley de Indultos, en su artículo 2, establece que no se pueden otorgar indultos en caso de reincidencia, salvo que el Tribunal aprecie razones de justicia, equidad o conveniencia pública, circunstancia que no ha ocurrido.

El Tribunal informó negativamente de la concesión del indulto, lo que no deja más opción al Gobierno que denegarlo, pues así lo marca la Ley.

Por tanto, la denegación del indulto no es una decisión que dependiera de la voluntad del Gobierno, sino que viene marcado por la Ley. 


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Uxía Tizón
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Enviada por
Miriam Ruiz Miriam Ruiz
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07.04.2022

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