¿Ampliareis la Prestación CUME más allá de los 18 años de nuestros hijos?
Ez dago galderaren erantzun gehiago
Albert Rivera

Estoy totalmente de acuerdo en que la prestación CUME se amplíe más allá de los 18 años


Sí, estoy totalmente de acuerdo en la necesidad de que la prestación CUME se amplíe más allá de los 18 años y se mantenga en tanto no se produzca el alta hospitalaria definitiva.

Tengo la firme convicción de que todos los padres debemos tener el derecho a poder cuidar de nuestros hijos todo lo que sea necesario, especialmente cuando se tiene la desgracia de sufrir enfermedades largas y prolongadas, como el cáncer.

Pero esto no es todo. En Cs queremos que el derecho a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar sea una realidad. Por ese motivo, como manifestamos en una iniciativa presentada en el Congreso de los Diputados el pasado 11 de septiembre, consideramos necesario ampliar el abanico de permisos laborales para el cuidado de hijos afectados por cáncer u otra enfermedad grave, por ejemplo:

  • Creando un supuesto de suspensión del contrato de trabajo para el cuidado de menores de 6 años afectados por estas enfermedades 
  • Permitiendo que ambos padres, no solo uno de ellos, puedan cogerse la actual reducción de jornada cuando se trate del cuidado de menores de 12 años afectados por estas enfermedades
  • Haciendo que los autónomos que cuiden a sus hijos afectados por cáncer u otra enfermedad grave tengan bonificadas al 100% las cuotas a la Seguridad Social en tanto se mantenga esta situación.

Recibe un fuerte abrazo y todo mi apoyo. Me gustaría que el domingo te sumaras al proyecto de Cs para poner España y las reformas que necesitamos en marcha.


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Albert Rivera
 Galdera ¿Ampliareis la Prestación CUME más allá de los 18 años de nuestros hijos?

El Real Decreto 1148/2011, del 29 de Julio de 2011 se creó la Prestación CUME (Cuidado de hijos menores enfermos de cancer y/o otras enfermedades graves), que da la oportunidad a las familias de poder cuidar a nuestros hijos si su enfermedad o patología entra dentro del listado establecido.

Recientemente se ha actualizado el listado incluyendo nuevas enfermedades, y se hablaba de la ampliación del tiempo de disfrute para que los padres podamos hacernos cargo de nuestros hijos mas allá de los 18 años, pero finalmente no se amplió.

Pedimos que amplíen el plazo, ya que las familias que tenemos la desgracia de tener a un hijo en alguna de las casuísticas planteadas, no podemos dejar  sin atender a nuestros hijos porque hayan cumplido 18 años.

Si para poder acceder a la misma es requisito indispensable informe medico, que se va actualizando bimensualmente, porque no podemos seguir haciendo lo mismo después de cumplir los 18 años?

Si los padres no podemos cuidar de nuestros hijos, quien lo hará en nuestro lugar?

Sortzailea
Inga Aguirreamalloa Inga Aguirreamalloa
137 de 300 Apoyos
2019.10.11

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