Pregunta para Congreso de los diputados
¿Para cuando una ley justa de impago de alquiler?
Resulta que si te retrasas solo un día en el pago de la mensualidad del alquiler ya se considera impago y es motivo de desahucio. Es injusto; si a una familia les cambian el día de cobro, como por ejemplo cuando se pasa de estar empleado a desempleado, el día de pago cambia por fuerza, pues no todo el mundo se puede permitir ahorrar para estos casos.
Por eso, no debe considerarse impago ni ser motivo de desahucio el pagar a finales de mes en lugar de al principio. Debe de estar dentro de plazo pagar dentro del mes en curso, ya sea a principio o a finales. Que se considere impago cuando se pague en el mes siguiente, y que no sea motivo de desahucio a menos que haya más de dos mensualidades por pagar.