Nuestro ordenamiento jurídico entiende los términos nación-nacionalidad como equiparables.
Hola Manuel.
La Constitución, en su artículo 2, habla de “reconocer y garantizar el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Lo mismo ocurre en Euskadi, con el Estatuto de Gernika, que en su artículo 1, comienza diciendo “El Pueblo Vasco o Euskal Herria, como expresión de su nacionalidad…”. O el propio Estatuto de Autonomía andaluz comienza definiendo a Andalucía como una “nacionalidad histórica”
Nuestro ordenamiento jurídico entiende hoy los términos nación y nacionalidad como equiparables. No estamos hablando ni de soberanías diferenciadas, ni del derecho a constituirse en un Estado distinto, ni del derecho de autodeterminación, ni nada parecido, sino, simplemente, de una comunidad que se autodefine como tal por razones culturales, históricas o lingüísticas.
¿Qué novedad acarrearía ese reconocimiento de la nación?
Algunos parecen empeñados en enredarnos en un debate puramente nominalista, cuando para mi lo fundamental es reformar nuestro ordenamiento (empezando por la Constitución) para adaptarla a los cambios sociales que ha habido desde que se aprobó, para incorporar derechos sociales conquistados en los últimos años (como el derecho a la vivienda) y para hacer de la nuestra una sociedad abierta que garantice la libre identidad de todos los ciudadanos y ciudadanas.
Un saludo.
Partekatu
Batu zaitez Osoigora