¿Qué opinas de la llamada Ley Mordaza?
La Ley de Seguridad Ciudadana o como comúnmente se la ha denominado, "Ley Mordaza", está todavía en trámite en el Congreso de los Diputados. Su texto ha cambiado de manera significativa desde la fase de Anteproyecto hasta el texto final de Proyecto de Ley que el Gobierno ha remitido al Congreso. Sin embargo, nuestro grupo parlamentario ha considerado que esta Ley es dañina para el sistema de libertades que garantiza la Constitución y por eso hemos presentado una enmienda a la totalidad para que el texto sea devuelto al Gobierno. La nueva norma, lejos de mejorar la Ley existente desde 1992, supone una mayor constricción de los derechos y las libertades de los ciudadanos, siendo el principal problema que presenta la falta de garantías de la tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos. Uno de los cambios más importantes que esta Ley pretende modificar, a parte de la restricción de libertades antes mencionada, supone el paso de numerosas faltas del Código Penal al ámbito administrativo. A priori puede parecer una reducción de las sanciones al cambiarse el ámbito de sanción. Sin embargo, las sanciones que propone el Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana hace que una falta "contra el orden público" tipificada en el Código Penal tenga de media una sanción de 180 euros, pueda pasar ahora, con su traslado al ámbito administrativo y las nuevas sanciones a llegar hasta los 300.000 euros de promedio.
A la pérdida de garantías procesales de los ciudadanos, consecuencia del traslado jurisdiccional de consecuencias realmente gravosas y sobre las que el Gobierno no parece haberse parado a reflexionar, implicará nuevas trabas y una considerable limitación a la tutela judicial efectiva del ciudadano. El procedimiento penal reviste mayores garantías para los ciudadanos que el procedimiento administrativo puesto que se garantiza el derecho de defensa del presunto infractor, se da conocimiento del procedimiento a todas las partes e incluso se puede asignar letrado de oficio en caso de que la persona no disponga de medios, así como es necesario ratificar las pruebas que permitan condenar a la persona en la vista oral. El trasladar las faltas al ámbito administrativo, conlleva primero el pago de una tasa por la persona que quiera recurrir la falta, los ciudadanos poseen menores garantías procesales puesto que las informaciones aportadas por los agentes de la autoridad son base suficiente para adoptar una sanción y el ciudadano lleva todas las de perder.
En definitiva, consideramos que esta Ley, pese a haber sido modificada de forma considerable desde sus fases iniciales, no mejora la Ley existente y por ello estamos totalmente en su contra.
Partekatu
Batu zaitez Osoigora